Consulte la
tabla
adjunta para conocer la relación de contratos de publicidad
institucional adjudicados y las subvenciones, ayudas o convenios concedidos o
celebrados con medios de comunicación, agencias o empresas del sector en
materia de actividad publicitaria, por parte de la Empresa de Gestión
Medioambiental S.A., de acuerdo con el
Decreto
29/2006, de 7 de febrero, en el que se desarrollan medidas de
transparencia previstas en la
Ley 6/2005, de
8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones
Públicas de Andalucía.
Para más información puede ponerse en contacto con nosotros a través de
EGMASA ATIENDE
(*)
El órgano de contratación de EGMASA procederá a la
adjudicación del contrato a la oferta más ventajosa, sin atender exclusivamente
al valor económico de la misma, o a declarar desierto el concurso, motivando en
todo caso su resolución.
EGMASA estará facultada en todo momento para anular la licitación o incluso la
adjudicación, si por cualquier causa no pudiera formalizar el contrato, sin que
los licitadores o el adjudicatario, conocedores de esta circunstancia puedan
exigir indemnización por daños y perjuicios.
La selección realizada en estos términos no supone aceptación irrevocable de la
oferta por parte de EGMASA, ni la adquisición de los derechos derivados de la
misma por el Licitador seleccionado.
Los Licitadores no adjudicatarios tendrán a su disposición el Aval presentado
como garantía provisional desde el momento en que se les comunique la
adjudicación del contrato.
Notas:
(1) Los expedientes
cofinanciados por la Unión Europea aparecen con el emblema oficial de la misma.
(2) Conforme a lo previsto
en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la selección realizada
en estos términos no supone una aceptación irrevocable por parte de EGMASA, ni
la adquisición de los derechos de la misma por el licitador seleccionado. De
igual forma, cuando por falta de cumplimiento de las obligaciones previstas en
el apartado denominado "Actuaciones previas a la formalización del contrato"del
citado Pliego o por cualquier otra causa imputable al contratista no pudera
formalizarse el contrato, se procederá conforme a lo establecido en el artículo
54 del T.R.L.C.A.P.
CONSULTORÍAS Y ASISTENCIAS
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